Artículo 1 — Artículo 1
Declárase que los responsables del cumplimiento de las exportaciones compensatorias, definidas por el decreto 128/970, del 13 de marzo de 1970 y disposiciones concordantes y complementarias, son las empresas ensambladoras y representantes de marcas registradas ante la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria y Energía.