Decreto796-1988·1988

FIJACION DE PRECIOS DE ALCOHOL. FEBRERO 1989

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23/11/1988

Fecha de publicación

12 de mayo de 1988

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase el precio de venta del alcohol carburante, en la suma de N$ 150.00 el litro a 95° incluido el Impuesto al Valor Agregado, fijado por el Directorio de la Administración Nacional de Combustibles Alcohol y Portland. (*)

Artículo 2Artículo 2

El precio aprobado por el artículo 1° del presente decreto, regirá hasta el 28 de febrero de 1989.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.