Decreto8-1998·1998

AUTORIZACION A LA DIRECCION NACIONAL DE CASINOS A EMITIR ENTRADAS DE CARACTER PROMOCIONAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/01/1998

Fecha de publicación

27/01/1998

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Facúltase a la Dirección General de Casinos, en el marco de las campañas publicitarias que realice, a emitir invitaciones gratuitas, canjeables por: a) consumiciones en Bares o Restaurantes, limitada la erogación resultante a un 0,5% del rubro 3 del presupuesto del Organismo; b) la posibilidad de participar en alguno de los juegos explotados en la Sala de que se trate y c) un número limitado la fichas especiales, la que el cliente deberá apostar, por cuanto no son directamente convertibles en dinero, asegurándose dicha inconvertibilidad, en los controles propios del Organismo y en la circunstancia de que las "fichas promocionales", integran un fichero diferente e independiente al de uso normal de la Sala, el que además, está limitado al 10% del valor de éste último.-

Artículo 2Artículo 2

Autorízase a la Dirección General de Casinos a participar, con entidades públicas o privadas, en la organización y ejecución de programas turísticos cuyo principal objetivo sea lograr una mayor afluencia de turistas al territorio nacional con el límite del 10% del rubro 3 aprobado en el Presupuesto del año 1996, debidamente actualizado por el Indice de Precios al Consumo.-

Artículo 3Artículo 3

La Dirección General de Casinos reglamentará lo dispuesto precedentemente, adoptando las medidas necesarias para el debido control de dichas promociones.-

Artículo 4Artículo 4

Anualmente, la Dirección General de Casinos dará cuenta en su Memoria respectiva, de los resultados obtenidos por la aplicación de las medidas adoptadas en el marco del presente Decreto.-

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.-