Artículo 1 — Artículo 1
Autorizar a ANCAP a contratar con la empresa Ceneste S.A. la exploración de esquistos bituminosos en dos áreas correspondientes una al yacimiento Cruz de Piedra y la otra al yacimiento Mangrullo.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Autorizar a ANCAP a contratar con la empresa Ceneste S.A. la exploración de esquistos bituminosos en dos áreas correspondientes una al yacimiento Cruz de Piedra y la otra al yacimiento Mangrullo.
Artículo 2 — Artículo 2
Aprobar los proyectos de contrato para la exploración de esquistos bituminosos en áreas continentales de la República Oriental del Uruguay que se acompañan y forman parte integrante del presente Decreto. (*)
Artículo 3 — Artículo 3
Establecer que conforme lo dispuesto en el artículo 69 del Decreto-Ley N° 15.242, las condiciones para la imposición de la/s servidumbre/s de ocupación y/o paso son las establecidas en el artículo 32 y siguientes del citado Decreto-Ley.
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese, publíquese, etc.