Artículo 1
Artículo 1.- Agrégase al artículo 11 in fine de Anexo I Normas complementarias Capítulo I Sistemas de Retención Infantil, Categorías - Importación - Proceso de Certificación, del Decreto N° 81/014, de fecha 3 de abril de 2014 lo siguiente: "Se admitirán los sistemas de retención infantil homologados de conformidad con las prescripciones técnicas y categorías del reglamento de Naciones Unidas UNECE R129, publicado en español en el Diario Oficial de la Unión Europea: https://eur-lex.europea.eu/legal-content/ES/TXT/ PDF/?uri=CELEX:42021X1806 En cumplimiento de la norma técnica mencionada dichos sistemas de retención deberán poseer una etiqueta claramente visible en el exterior del embalaje con la siguiente advertencia para los compradores o usuarios: Este es un sistema de retención infantil i-Size. Está homologado conforme al Reglamento N° 129 para su uso en plazas de asiento compatibles con i-Size, indicadas por los fabricantes de los vehículos en el manual del usuario de los mismos. En caso de duda, consulte al fabricante o al vendedor del sistema de retención infantil."