Artículo 1 — Artículo 1
Institúyese el Premio a la Transparencia, que será entregado anualmente por la Presidencia de la República, la Unidad de Acceso a la Información Pública y la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento, en acto público, de acuerdo con el proceso de selección y otorgamiento que se estipulan en las bases que se adjuntan (*) y que son parte integrante del presente Decreto.