Decreto81-2021·2021

CREACION DE LA MESA DE ANALISIS DE SUSTANCIAS PELIGROSAS (MASPEL) EN EL AMBITO DEL SISTEMA NACIONAL DE EMERGENCIAS (SINAE) Y DEROGACION DEL DECRETO 398/019

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

3 de agosto de 2021

Fecha de publicación

3 de noviembre de 2021

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Créase la Mesa de Análisis de Sustancias Peligrosas (MASPEL) en el ámbito del Sistema Nacional de Emergencias (SINAE) y será presidida por el Director Nacional de dicho Sistema o por una persona previamente designada por el mismo. (*) La MASPEL estará integrada por el Ministerio del Interior, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Defensa Nacional, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el Ministerio de Industria, Energía y Minería, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y el Ministerio de Ambiente.

Artículo 2Artículo 2

La referida Mesa definirá el concepto de sustancias peligrosas y establecerá protocolos y regulaciones en materia de ingreso al territorio nacional, acopio, distribución, transporte de las mismas y comercialización, a los efectos de garantizar la seguridad y salud humana y medio ambiental.

Artículo 3Artículo 3

Deróguese el Decreto N° 398/019, de 23 de diciembre de 2019.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese y archívese.