Artículo 1 — Artículo 1
Créase la Comisión Nacional para la juventud, que se integrará con un representante titular y un delegado alterno del Ministerio de Educación y Cultura, un representante titular y un delegado alterno del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, un representante titular y un delegado alterno del Ministerio de Relaciones Exteriores, un representante titular y un delegado alterno del Ministerio de Salud Pública, un representante y un delegado alterno del Ministerio de Agricultura y Pesca, un representante titular y un delegado alterno de la Universidad de la República, un representante titular y un delegado alterno de la Administración Nacional de Educación Pública y un representante titular y un delegado alterno de los Gobiernos Departamentales.