Artículo 1 — Artículo 1
Créase, en el ámbito de la Presidencia de la República, una Comisión Ejecutora, cuyo cometido consistirá en definir y adoptar las acciones pertinentes, necesarias y conducentes para la definición, implementación y creación, por quienes ostentan las atribuciones y competencias legales y reglamentarias vigentes, el plan de Convergencia para el Acceso a la Recreación y el Desarrollo de Alternativas Laborales y Emprendimientos Sustentables (CARDALES), según los términos del presente Decreto.