Decreto84-1989·1989

REAFILIACION A INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA. ASOCIACION MUTUALISTA DEL PARTIDO NACIONAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/02/1989

Fecha de publicación

28/06/1989

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase, hasta el 28 de marzo de 1989, el plazo establecido por el artículo 4 del decreto del Poder Ejecutivo 879/988 de 27 de diciembre de 1988 (Interno 549/988), para que los afiliados a la ex Institución de Asistencia Médica Colectiva Asociación Mutualista del Partido Nacional puedan efectuar su opción de reafiliación, pudiendo hasta esa fecha atenderse gratuitamente en cualquier dependencia del Ministerio de Salud Pública.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese. Publíquese.