Artículo 1 — Artículo 1
A partir del 22 de diciembre de 1989 queda concluida la participación de la República como signatario del Acuerdo Comercial Nº 1 en el Sector de Máquinas Estadísticas y Análogas, al margen de lo dispuesto por el artículo 17 de dicho Acuerdo, cesando automáticamente a partir de dicha fecha los derechos adquiridos y las obligaciones contraidas en ese Acuerdo.