Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase el Decreto 24/998 de fecha 28 de enero de 1998 en la redacción dada por el Decreto Nº 118/999 de fecha 21 de abril de 1999, en el siguiente sentido: (*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase el Decreto 24/998 de fecha 28 de enero de 1998 en la redacción dada por el Decreto Nº 118/999 de fecha 21 de abril de 1999, en el siguiente sentido: (*)
Artículo 2 — Artículo 2
De la partida destinada al "Sistema de Alta Gerencia y Fortalecimiento de la Capacidad del Inciso en el Cumplimiento de Cometidos Sustanciales", aprobada por Decreto Nº 24/998 de fecha 28 de enero de 1998 en el Capítulo IV: "Reasignación de Economías de la Ley Nº 16.736 y de los créditos presupuestales para reestructuras" incluido en el Anexo, se deberá utilizar el monto de $ 64.070.- (pesos uruguayos sesenta y cuatro mil setenta), con destino al financiamiento de la erogación total correspondiente a las modificaciones a que refiere el artículo anterior.
Artículo 3 — Artículo 3
La Contaduría General de la Nación ajustará los créditos presupuestarios para la aplicación del presente Decreto.
Artículo 4 — Artículo 4
Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, publíquese, etc.