Decreto86-2002·2002

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. FEBRERO 2002. MARZO 2002

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13/03/2002

Fecha de publicación

18/03/2002

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de febrero de 2002, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley Nº 14.219, de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 209,95 (pesos uruguayos doscientos nueve con 95/100).-

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de febrero de 2002 en $ 209,12 (pesos uruguayos doscientos nueve con 12/100).-

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice General de los Precios del Consumo, asciende en el mes de febrero de 2002 a 137,19 (ciento treinta y siete con 19/100), sobre base marzo 1997=100.-

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de marzo de 2002 es de 1,0344 (uno con trescientos cuarenta y cuatro diezmilésimos).-

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.-