Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase por dos (2) meses contados desde el día siguiente a la publicación de este Decreto en el Diario Oficial, la entrada en vigencia del Reglamento del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica con sus Anexos.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
3 de mayo de 2003
Fecha de publicación
3 de diciembre de 2003
Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase por dos (2) meses contados desde el día siguiente a la publicación de este Decreto en el Diario Oficial, la entrada en vigencia del Reglamento del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica con sus Anexos.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese, etc.