Decreto86-2026·2026

FIJACION DEL MONTO DE LA PARTIDA DE ALIMENTACION PARA EL PERSONAL DE LA DIRECCION NACIONAL DE AVIACION CIVIL E INFRAESTRUCTURA AERONAUTICA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29/04/2026

Fecha de publicación

14/05/2026

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el monto de la partida de alimentación para el personal de la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica de todo el país en la suma de $ 263,00 (pesos uruguayos doscientos sesenta y tres con 00/100) por funcionario, por día trabajado, a partir del 1° de enero de 2025.

Artículo 2Artículo 2

El monto actualizado deberá ser tenido en cuenta a los efectos de los criterios de liquidación de la partida de acuerdo a los términos establecidos por el artículo 3° del Decreto N° 242/024, de 9 de setiembre de 2024.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese y por el Departamento Administración Documental del Ministerio de Defensa Nacional, pase a la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica, a sus efectos. Cumplido, archívese.