Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase el régimen de exportadores, a los efectos del Impuesto al Valor Agregado, a los contratistas y a las firmas consultoras que intervengan en la ejecución de las obras del Programa de Saneamiento Ambiental de Ciudad de la Costa, exclusivamente en su parte financiada con endeudamiento externo, (a los que refiere el artículo 492 de la Ley N° 18.362, de fecha 6 de octubre de 2008), por los suministros de bienes y servicios que tengan aplicación directa a tales obras.