Decreto88-1988·1988

PRORROGA DE LA VEDA DE EXTRACCION COMERCIAL DE ALMEJA AMARILLA. ROCHA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/01/1988

Fecha de publicación

25/04/1988

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase, hasta el 31 de diciembre de 1988, la vigencia del decreto 610/987, de 14 de octubre de 1987 y consecuentemente, la veda de extracción comercial de almeja amarilla en el área litoral que se extiende desde La Coronilla a Barra del Chuy (departamento de Rocha).

Artículo 2Artículo 2

Extiéndese la prohibición de extracción durante el lapso expresado a la pesquería deportiva de almeja amarilla.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.