Decreto885-1988·1988

FIJACION DE TASA DE INTERES PARA REGIMENES DE FACILIDADES. 1989

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/12/1988

Fecha de publicación

5 de setiembre de 1989

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

La tasa de interés a que se refiere el artículo 33 del Código Tributario será del 5% (cinco por ciento) mensual para el año 1989.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese en dos diarios de circulación nacional, etc