Decreto89-2006·2006

TRANSFERENCIA DE CREDITOS PRESUPUESTALES. MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/03/2006

Fecha de publicación

27/03/2006

Artículos (7)

Artículo 1Artículo 1

Transfiérese a la Universidad de la República los créditos presupuestales correspondientes a la Unidad Ejecutora 067 "Escuela de Sanidad Dr. José Scosería" del Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública", que surgen del Anexo I que se adjunta e integra el presente Decreto.

Artículo 2Artículo 2

Asimismo, transfiérese a dicho Organismo los recursos de afectación especial y los créditos financiados con cargo a los mismos, bienes muebles y el inmueble ubicado en Montevideo - Padrón Nº 3424 pertenecientes al Ministerio de Salud Pública, los que serán entregados mediante acta.

Artículo 3Artículo 3

Toda la documentación en poder de la "Escuela de Sanidad Dr. José Scosería" necesaria para el cumplimiento de los cometidos, será entregada bajo inventario a la Universidad de la República.

Artículo 4Artículo 4

El Ministerio de Salud Pública y la Universidad de la República dispondrán los actos jurídicos y operaciones materiales que fueran necesarios, dentro del ámbito de sus competencias, para el efectivo cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, coordinando con la Contaduría General de la Nación todos los aspectos vinculados con las modificaciones presupuestarias correspondientes.

Artículo 5Artículo 5

Exhórtase a la Universidad de la República a adoptar las medidas que entienda necesarias a fin de asegurar la continuidad de las acciones docentes en desarrollo dirigidas a los estudiantes de la Escuela de Sanidad "Dr. José Scosería", que permitan la finalización de los estudios iniciados con los programas y requisitos de ingreso vigentes.

Artículo 6Artículo 6

Los funcionarios que pertenecían a la Unidad Ejecutora 067 "Escuela de Sanidad Dr. José Scosería", pasarán, hasta su redistribución definitiva, a cumplir funciones en comisión de servicio en la Universidad de la República, afectados a la mencionada Escuela de Sanidad. Si se produjera la vacancia de los cargos antes de la redistribución aludida, los créditos respectivos se transferirán a la Universidad de la República.

Artículo 7Artículo 7

Comuníquese. Publíquese.