Artículo 1 — Artículo 1
Aprúebase el Texto Ordenado del Pliego de Condiciones de la Dirección Nacional de Vialidad para la Construcción de Puentes y Carreteras, cuya redacción se ajustará al texto corregido, formulado por la Dirección Nacional de Vialidad, que se acompaña y que forma parte del presente decreto. (*)