Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase el valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones a partir del 1° de enero de 2017, en $ 3.611,00 (pesos uruguayos tres mil seiscientos once).
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase el valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones a partir del 1° de enero de 2017, en $ 3.611,00 (pesos uruguayos tres mil seiscientos once).
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese y archívese.