Decreto90-1992·1992

VUELOS LOGISTICOS O DE INSTRUCCION - AVIACION NAVAL - OPERACIONES MILITARES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

3 de mayo de 1992

Fecha de publicación

6 de noviembre de 1992

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Revalídase para el año 1992 la autorización de vuelos logísticos o de instrucción que realizará el Comando de la Aviación Naval, hacia la República Argentina en número de 15 y República Federativa del Brasil en número de 10.

Artículo 2Artículo 2

Los referidos vuelos serán considerados como logísticos o de instrucción sin generar viáticos a sus tripulantes.

Artículo 3Artículo 3

Todas las erogaciones a que dieran lugar los referidos vuelos, serán atendidas con rubros propios del Comando General de la Armada.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Armada a sus efectos.