Artículo 1 — Artículo 1
Establécese que el convenio colectivo (texto ordenado) suscrito el 19 de agosto de 2005, en el Grupo Núm. 14 (Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones), Subgrupo 01 (Bancos y otras empresas financieras), Capítulo 03 "Instituciones Financieras Externas (IFES) y Casas Bancarias", que consta como anexo del decreto Nº 11/006 de 16 de enero de 2006, rige a partir del 1º de julio de 2005 para todas las empresas y trabajadores comprendidos en dicho Capítulo.