Decreto91-2014·2014

AUTORIZACION DE COMPATIBILIDAD DE LA JUBILACION POR INDUSTRIA Y COMERCIO CON LA ACTIVIDAD BAJO LA MISMA AFILIACION, EN LAS CONDICIONES QUE SE DETERMINAN

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

4 de agosto de 2014

Fecha de publicación

22/04/2014

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase la compatibilidad entre jubilación y actividad bajo la afiliación industria y comercio para los sectores de actividades producción de neumáticos, para los siguientes oficios: vulcanización, inspección y terminados de neumáticos, condicionada al cumplimiento de los demás requisitos previstos por la Ley N° 19.006 de 16 de noviembre de 2012 y su Decreto reglamentario N° 163/013 de 28 de mayo de 2013.

Artículo 2Artículo 2

La presente autorización será de carácter precario y regirá por el plazo de 2 años a partir de la fecha del presente Decreto.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese al Banco de Previsión Social, publíquese, etc.