Decreto929-1986·1986

VITIVINICULTURA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/12/1986

Fecha de publicación

5 de abril de 1987

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Los vinos comunes correspondientes a la cosecha 1986, se regirán, en lo pertinente, por lo dispuesto por los decretos 525/984, de 24 de octubre de 1984 y 153/986, de 14 de marzo de 1986, para los vinos comunes de la cosecha 1984.

Artículo 2Artículo 2

El presente decreto entrará en vigencia por su publicación en dos (2) diarios de la capital.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.