Decreto93-2013·2013

DESIGNACION AL MVOTMA COMO AUTORIDAD NACIONAL COMPETENTE A LOS EFECTOS DE LA APLICACION DEL CONVENIO RELATIVO A LAS ZONAS HUMEDAS DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18/03/2013

Fecha de publicación

4 de enero de 2013

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Desígnase al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a través de la Dirección Nacional de Medio Ambiente, autoridad nacional competente a los efectos de la aplicación del Convenio relativo a las Zonas Húmedas de Importancia Internacional especialmente como hábitats de la fauna ornitológica (Ramsar, 1971), aprobado por el Decreto-Ley N° 15.337, de 29 de octubre de 1982.-

Artículo 2Artículo 2

Tranfiéranse a la Dirección Nacional de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, los programas de funcionamiento, proyectos de inversión y convenios de cooperación, con sus créditos correspondientes, relacionados con el convenio referido anterior, actualmente en la órbita del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.-

Artículo 3Artículo 3

Cométase al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a través de la Dirección Nacional de Medio Ambiente, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores las relaciones con los organismos internacionales vinculados a esos temas.-

Artículo 4Artículo 4

Derógase el Decreto 263/993, de 8 de junio de 1993, salvo el artículo 3°, en cuanto refiere a la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (conocido como CITES, 1974), aprobado por el Decreto-Ley N° 14.205, de 4 de junio de 1974, y, la Convención sobre Conservación de Especies Migratorias de Animales Silvestres (Bonn, 1979), aprobada por la Ley N° 16.062, de 6 de octubre de 1989.-

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.-