Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase la fecha del 8 de marzo de 2004, establecida por el Artículo 1º del Decreto Nº 43/004 de 4 de febrero de 2004 por la del 26 de marzo de 2004.
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Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase la fecha del 8 de marzo de 2004, establecida por el Artículo 1º del Decreto Nº 43/004 de 4 de febrero de 2004 por la del 26 de marzo de 2004.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese, etc..