Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la firma CONECTA S.A. el ajuste en sus tarifas que regirá a partir del 1° de mayo de 2026, por el servicio de distribución de gas natural en el sur del país, (con excepción de Montevideo), de la Ciudad de Paysandú y de propano redes, conforme a los Cuadros de Tarifas Máximas que se describen en Anexos I, II y III adjuntos <IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> y que forman parte del presente Decreto.