Artículo 1 — Artículo 1
Derógase lo establecido en los artículos 1°, 2° y 3° del decreto de fecha 30 de noviembre de 1988 para los Incisos 03 "Ministerio de Defensa Nacional" y 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas".
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Derógase lo establecido en los artículos 1°, 2° y 3° del decreto de fecha 30 de noviembre de 1988 para los Incisos 03 "Ministerio de Defensa Nacional" y 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas".
Artículo 2 — Artículo 2
A los Incisos 03 "Ministerio de Defensa Nacional" y 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas" les será aplicado lo establecido en los artículos 4° y siguientes del decreto de fecha 30 de noviembre de 1988.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese, etc.-