Decreto95-2021·2021

DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. ACTIVIDAD REALIZADA POR EL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INAVI)

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/03/2021

Fecha de publicación

4 de julio de 2021

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Declárase promovida de acuerdo a lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 11 de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, la actividad de promoción, desarrollo e investigación de la actividad vitivinícola realizada por el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI) como responsable designado por ley de la ejecución de la política vitivinícola nacional.

Artículo 2Artículo 2

Otórgase al Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI) un crédito por el impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido en las adquisiciones de bienes y servicios realizadas desde el 1° de setiembre de 2020, destinados a integrar, directa o indirectamente, el costo de la obra correspondiente a la sede del instituto, de acuerdo al proyecto presentado. El monto máximo del referido crédito no podrá superar la suma de UI 4:329.463 (unidades indexadas cuatro millones trescientos veintinueve mil cuatrocientos sesenta y tres). Dicho crédito se hará efectivo mediante el mismo procedimiento que rige para los exportadores, en las condiciones que determine la Dirección General Impositiva. La Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería certificará a los organismos competentes la pertinencia de los referidos bienes y servicios, de acuerdo con su adecuación al proyecto declarado promovido. (*)

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y archívese.