Decreto96-1987·1987

CREACION DE LA COMISION NACIONAL DEL SISTEMA ECONOMICO LATINOAMERICANO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/02/1987

Fecha de publicación

25/03/1987

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Créase la Comisión Nacional del SELA cuyo objetivo es coordinar, a nivel nacional, los asuntos del Organismo Internacional citado.

Artículo 2Artículo 2

La Comisión Nacional funcionará en la órbita del Ministerio de Relaciones Exteriores el que orientará sus trabajos y ejercerá la Secretaría Técnica de la misma.

Artículo 3Artículo 3

Estará integrada por Representantes de los Ministerios de Relaciones Exteriores de Economía y Finanzas y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

Artículo 4Artículo 4

Cuando la Comisión Nacional lo estime pertinente, en razón de la materia, convocará en consulta a los Organismos Públicos o Entidades Privadas involucradas.

Artículo 5Artículo 5

Son cometidos de la Comisión Nacional del SELA: a) Promover los objetivos y funciones del SELA a nivel interno; b) Estimular la participación real de los sectores directamente vinculados a los temas propuestos; c) Asegurar el seguimiento sistemático de las actividades llevadas a cabo por el Organismo Internacional; d) Favorecer la operatividad del sistema facilitando la ejecución de los programas de trabajo en forma coordinada con la Secretaría del SELA y la Representación de la República ante el Organismo Internacional citado.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, etc.