Decreto96-1994·1994

CARNE DE SALUD DEL NIÑO. EXAMEN DE AGUDEZA VISUAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

3 de febrero de 1994

Fecha de publicación

14/03/1994

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Inclúyese con carácter obligatorio, dentro de los exámenes a realizarse para la obtención del Carné de Salud del Niño, el examen de agudeza visual en menores de tres y medio a doce años de edad.

Artículo 2Artículo 2

Modifícase el artículo 2º del decreto del Poder Ejecutivo 70/979 de 7 de febrero de 1979 en lo que tiene relación con el modelo de Carné de Salud del Niño el cual se adjunta<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> y se considera parte integrante del presente Decreto.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese.