Decreto97-2005·2005

PRORROGA DE HABILITACION DEL TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS. REQUISITO DE INSPECCION VEHICULAR SEMESTRAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/02/2005

Fecha de publicación

3 de agosto de 2005

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase a la Dirección Nacional de Transporte a extender hasta el 31 de diciembre de 2007 la habilitación de los ómnibus afectados a servicios regulares de transporte de personas por carretera de jurisdicción nacional modelos 1986, 1987 y 1988 sujeto a la condición de que dichas unidades aprueben la inspección técnica vehicular en forma semestral. (*)

Artículo 2Artículo 2

Autorizase a la referida Dirección Nacional a admitir, hasta el vencimiento del plazo referido en el artículo anterior, una antigüedad promedio de la flota de las empresas que cumplen servicios regulares nacionales, de hasta 14 ( catorce) años.

Artículo 3Artículo 3

Derógase el Decreto No. 254/2004 de fecha 14/7/2004.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte.-