Decreto98-1990·1990

MODIFICACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BROU. EJERCICIO 1989

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/02/1990

Fecha de publicación

14/06/1990

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Sustitúyense las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco de la República Oriental del Uruguay correspondientes al ejercicio 1989, de acuerdo con el siguiente detalle: I- INGRESOS N$ Ingresos por colocaciones 182.739:000.000 Comisiones 16.040:000.000 ---------------- TOTAL 198.779:000.000 II- PRESUPUESTO OPERATIVO Y DE OPERACIONES FINANCIERAS 165.729:552.000 RUBRO DENOMINACION N$ N$ 0 Retrib. Servs. personales 18.286:428.000 011311 Sueldos bás. cargos pres. 12.991:652.000 011315 Dif. por subrogación 205:354.000 011317 Comp. autom. anual. 127:407.000 019311 Sueldo anual complement. 1.427:173.000 021321 Sueldos bás. pers. cont. 165:431.000 021327 Compl. autom. anual 937.000 029321 Sueldo anual complement. 15:773.000 036331 Remplaz. porteros sucurs. 33:960.000 036332 Dpto. administ. de edif. 11:986.000 036333 Médicos suplentes 14:299.000 036334 Dpto. de ferias ganad. 2:997.000 039331 Sueldo anual complement. 6:729.000 050001 Hon. abog. y proc. de suc. 16:171.000 061311 Horas extras 685:263.000 061312 Comp. por destino 483:682.000 061315 Comp. por hor. nocturno 83:948.000 061319 Prima por ant. presup. 1.122:517.000 061329 Prima por ant. eventuales 5:281.000 062311 Gastos de represent. presup. 353.000 062312 Gastos de represent. Direct. 3:655.000 007 Quebranto de Caja 517:328.000 078311 Comp. por especializ. 178:937.000 079311 Previsiones 151:235.000 079712 Otros 34:360.000 1 Cargas Leg. s/Serv. Pers. 5.641:137.000 111 Aportes Pat. Jubilatorio 5.213:626.000 123 Aporte Pat. al F.N.V. 198:354.000 131 Imp. Ley Nº 15.294 229:157.000 2 Mat. y Suministros 3.798:182.000 3 Serv. no Personales 6.595:862.000 7 Subsidios y otras Transf. 13.661:463.000 749 Otros 133:412.000 751 Prima por Matrimonio 11:573.000 752 Hogar Constituido 518:675.000 753 Prima por Nacimiento 11:573.000 754 Prestaciones por Hijo 202:603.000 759 Alimentación 2.479:614.000 774001 Reint. cuota mutualista 2.590:973.000 774002 Cont. p/asist. médica 747:163.000 791 Imp. a los Act. Bancarios 4.300:000.000 792 Cont. Inmobiliaria 165:877.000 793 Imp. a la venta Moneda Ext. 2.500:000.000 8 Serv. de Deuda y Anticipo 117.434:658.000 9 Asignaciones Globales 311:822.000 III - PRESUPUESTO DE INVERSIONES 9.126:395.730 RUBRO DENOMINACION N$ 1 Máq. equipos y mob. nuevos 4.411:409.400 3 Tierras, edif. y otros act. preexist. 2.424:000.000 0 Construc., mejoras y rep. extraord. 2.290:986.330 La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en moneda extranjera, se detallan en los cuadros<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> adjuntos que forman parte de este Decreto. Los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo relativo a beneficios sociales, incluyen la totalidad de los incrementos salariales otorgados durante el ejercicio 1989. Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera están estimadas a la cotización de N$ 606,00 (nuevos pesos seiscientos seis) por dólar americano. Las partidas en moneda nacional correspondientes a los restantes rubros presupuestales están expresadas a precios corrientes 1989. La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en moneda extranjera, se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte de este Decreto. Los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo relativo a beneficios sociales, incluyen la totalidad de los incrementos salariales otorgados durante el ejercicio 1989. Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera están estimadas a la cotización de N$ 606,00 (nuevos pesos seiscientos seis) por dólar americano. Las partidas en moneda nacional correspondientes a los restantes rubros presupuestales están expresadas a precios corrientes 1989.

Artículo 2Artículo 2

Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 3Artículo 3

Pase a conocimiento del Tribunal de Cuentas.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.