Artículo 1 — Artículo 1
Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a reasignar anualmente hasta la suma de $ 23:005.000,oo (pesos uruguayos veintitrés millones cinco mil) de los Objetos 581 "Transferencias Corrientes a Organismos Internacionales" y 262 "Impuestos Indirectos" del Programa 001 "Administración de Recursos de Apoyo a la Conducción Económico - Financiera" al Grupo 0 "Servicios Personales" de dicha Secretaría de Estado en sus diferentes Programas, con el fin de compensar a los funcionarios públicos que desempeñen tareas prioritarias para el cumplimiento de los cometidos sustantivos del Inciso y con un alto grado de especialización y dedicación.-