Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Vigésimo Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 36, suscrito el 28 de diciembre de 2005 entre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR y el Gobierno de la República de Bolivia, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de Montevideo 1980; (*)