Decreto98-2023·2023

EXHORTACION A UTE A OTORGAR EL BENEFICIO COMERCIAL PARA LOS SUMINISTROS DE ENERGIA ELECTRICA DE BODEGAS. FEBRERO - JULIO 2023

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/03/2023

Fecha de publicación

30/03/2023

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Exhórtase a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas a instrumentar un beneficio comercial para los suministros identificados con usos eléctricos de bodegas, en el período comprendido entre febrero y julio de 2023. El beneficio comercial consistirá en un descuento mensual del 20% del gasto total de energía eléctrica sin IVA.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese.