Decreto99-2023·2023

EXHORTACION A UTE A OTORGAR EL BENEFICIO COMERCIAL PARA LOS SUMINISTROS DE ENERGIA ELECTRICA DE LOS INSCRIPTOS EN EL REGISTRO DE CAMARAS FRIGORIFICAS DE PRODUCTOS HORTOFRUTICOLAS Y SE ENCUENTREN AL DIA ANTE LA DIRECCION GENERAL DE LA GRANJA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/03/2023

Fecha de publicación

30/03/2023

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Exhórtase a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas a instrumentar un beneficio comercial a aquellos que se encuentren inscriptos en el Registro de Cámaras Frigoríficas de productos hortofrutícolas y se encuentren al día en la presentación de la Declaración Jurada de Cámaras Frigoríficas ante la Dirección General de la Granja (DIGEGRA) del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. El beneficio comercial consistirá en un descuento mensual del 15% del gasto total de energía eléctrica sin IVA a aplicarse entre los meses de enero y setiembre de 2023.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese y publíquese.