Ley10104·1941

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. CORA ANTUNEZ CASTELLANOS. AGUSTINA SOFIA ANTUNEZ CASTELLANOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/12/1941

Fecha de publicación

1 de mayo de 1942

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Otórgase por gracia especial a las señoritas Cora y Agustina Sofía Antúnez Castellanos, una pensión inembargable de un mil ocho pesos ($ 1.008.00) anuales, en su calidad de hermanas solteras huérfanas de los extintos Cabo de la Aeronáutica Militar, piloto aviador, Carlos Alberto Antúnez y Sargento del Grupo de Artillería, número 2, Juan C. Antúnez.

Artículo 2Artículo 2

Déjase sin efecto la pensión otorgada por gracia especial a las señoritas Cora, Agustina Sofía y María Mercedes Antúnez Castellanos, el 10 de Setiembre de 1937.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 24 de diciembre de 1941Promulgación (10104)
  2. 5 de enero de 1942Publicación (10104)