Decreto Ley10144·1942

OBRAS PUBLICAS. PRORROGA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/04/1942

Fecha de publicación

5 de agosto de 1942

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Modifícase el artículo 21 de la ley de 4 de Setiembre de 1940, en cuanto dispone que las obras determinadas por dicha ley, deberán estar iniciadas antes del 30 de Marzo de 1942, estableciéndose en cambio una prórroga hasta el 30 de Marzo de 1943 para la iniciación de las mismas.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese e insértese.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 28 de abril de 1942Promulgación (10144)
  2. 8 de mayo de 1942Publicación (10144)