Decreto Ley10157·1942

LEY ORGANICA MILITAR. DEROGACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14/05/1942

Fecha de publicación

6 de febrero de 1942

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Derógase la primera parte del segundo párrafo del artículo 220 de la ley Orgánica Militar número 10.050, donde dice: "si el militar fuere llamado a desempeñar un cargo civil, podrá optar entre el sueldo de ese cargo o el que le corresponda por su situación militar".

Artículo 2Artículo 2

Derógase el último párrafo del artículo 363 de la ley Orgánica Militar número 10.050, del 18 de Setiembre de 1941.

Artículo 3Artículo 3

Declárase vigente desde la fecha de la promulgación de la ley Orgánica Militar número 10.050, el artículo 82 de la ley de Ordenamiento Financiero y Presupuestal número 9.539, de fecha Diciembre 31 de 1935.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 14 de mayo de 1942Promulgación (10157)
  2. 2 de junio de 1942Publicación (10157)