Artículo 1 — Artículo 1
Intégrase la Suprema Corte de Justicia con los señores Ministros de los Tribunales de Apelaciones doctor Juan M. Minelli y doctor José B. Nattino.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Intégrase la Suprema Corte de Justicia con los señores Ministros de los Tribunales de Apelaciones doctor Juan M. Minelli y doctor José B. Nattino.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese a quienes corresponda, publíquese, insértese en el Registro Nacional y pase a la Contaduría General de la Nación, a sus efectos.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.