Decreto Ley10173·1942

FUNCIONARIOS. CARGOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/06/1942

Fecha de publicación

27/06/1942

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

En los casos en que cualquier Poder del Estado, los Municipios, los Entes Autónomos u otro órgano público, resolviera proveer cargos retribuídos de sus respectivas dependencias, con los señores ex Senadores y Representantes de la XXXIII.a Legislatura, no será necesaria la autorización a que se refiere el artículo 114 de la Constitución.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese e insértese.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 22 de junio de 1942Promulgación (10173)
  2. 27 de junio de 1942Publicación (10173)