Decreto Ley10187·1942

EXONERACION DE IMPUESTO. CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de marzo de 1942

Fecha de publicación

7 de noviembre de 1942

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Se exonera del impuesto de contribución inmobiliaria y adicionales a los inmuebles con valor de aforo hasta de mil pesos ($ 1.000.00), ubicados en las zonas rurales de los Departamentos del litoral e interior de la República, siempre que se trate de único bien habitado por su propietario.

Artículo 2Artículo 2

Decláranse canceladas las deudas por concepto de impuestos adeudados por esas propiedades hasta el ejercicio 1942, inclusive, siendo de oficio las costas devengadas en caso de que se hubiera iniciado demanda judicial para el cobro ejecutivo.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 3 de julio de 1942Promulgación (10187)
  2. 11 de julio de 1942Publicación (10187)