Decreto Ley10189·1942

JUZGADOS. REGIMEN DE TURNOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de agosto de 1942

Fecha de publicación

16/07/1942

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

En los expedientes en trámite o en los que correspondiere actuar al ex-Juzgado Letrado Nacional de Hacienda y de lo Contencioso Administrativo de 3er. turno, conocerán los Juzgados de la misma competencia de 1º y 2º turno.(*)

Artículo 2Artículo 2

La Suprema Corte de Justicia determinará la manera cómo se distribuirán los expedientes a que se hace referencia en el artículo 1º.

Artículo 3Artículo 3

Derógase el inciso 2º del artículo 27 de la ley número 9722 de 18 de Noviembre de 1937.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese e insértese.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 8 de julio de 1942Promulgación (10189)
  2. 16 de julio de 1942Publicación (10189)