Decreto Ley10234·1942

PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. OBRAS PUBLICAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18/09/1942

Fecha de publicación

25/09/1942

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para disponer de la suma de $ 80.000.00 (ochenta mil pesos) con cargo a la partida de $ 1.000.000.00 que para obras con contribución vecinal o municipal asigna el grupo "c" del artículo 4º del decreto-ley de 17 de Julio de 1942, la que se pondrá a disposición de la Intendencia Municipal de Maldonado con destino a la ejecución de las siguientes obras: a) Piriápolis: Pavimentación de la calle Tucumán en su prolongación hasta la calle Trápani ........... $ 3.000.00 b) Camino de Piriápolis: que pasa por la falda del Cerro del Toro, siguiendo la poligonal C-H-J-A, por la margen izquierda de la arroyo de La Barra Falsa del Plata, hasta empalmar con el que va de Pan de Azúcar, a la Barra de la Laguna del Sauce ............................................ " 20.000.00 c) Punta del Este: mejoramiento del pavimento de sus calles ........................................... " 15.000.00 d) San Carlos: pavimentación de la calle Jacinto M. Alvariza en su prolongación desde la Calle Treinta y Tres a la estación del Ferrocarril ..... " 5.000.00 e) Pan de Azúcar: pavimentación de la calle General Artigas en su prolongación desde la Usina Eléctrica a la Carretera Nacional ................ " 2.000.00 f) Pueblo Garzón: arreglo del camino de acceso, desde el pueblo al carretero de Garzón ........... " 3.000.00 g) Villa del Aiguá: arreglo y mejoramiento del pavimento de sus calles .......................... " 10.000.00 h) Maldonado: pavimentación del camino de acceso al Hospital Marítimo ................................ " 10.000.00 i) Terminación del pavimento de la calle Dodera de la ciudad de Maldonado ........................... " 2.000.00 j) Para arreglo de la calle Andrés Cebeiro frente al Hospital San Carlos y Sanatorio Popular .......... " 10.000.00 _______________ Total ................................. $ 80.000.00 _______________ (*)

Artículo 2Artículo 2

La ejecución de las obras a que se refiere el artículo precedente se hará bajo la superintendencia técnica del Ministerio de Obras Públicas, debiendo la Intendencia Municipal de Maldonado, formular previamente el proyecto y presupuesto completo de los trabajos a realizar.

Artículo 3Artículo 3

La toma de personal obrero así como el jornal mínimo a aplicarse en la ejecución de las obras que se autorizan estarán regidas por las disposiciones pertinentes en vigor.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese e insértese en el R.N.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 18 de setiembre de 1942Promulgación (10234)
  2. 25 de setiembre de 1942Publicación (10234)