Decreto Ley10255·1942

ELECCIONES NACIONALES. FUNCIONARIOS CANDIDATOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/10/1942

Fecha de publicación

24/10/1942

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

A los efectos de las Elecciones Generales para cargos electivos a realizarse el 29 de Noviembre del corriente año, no regirán los plazos establecidos por los artículos 83, 91, 239, inciso 2, de la Constitución de la República y artículo 27 de la ley 9.515 de Gobierno y Administración de los Municipios, de 28 de Octubre de 1935.

Artículo 2Artículo 2

Los magistrados y funcionarios comprendidos en dichas disposiciones podrán ser candidatos en las próximas elecciones, siempre que renuncien a sus respectivos cargos con una anticipación no menor de treinta días a la fecha señalada para el acto comicial.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Nacional y archívese.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 21 de octubre de 1942Promulgación (10255)
  2. 24 de octubre de 1942Publicación (10255)