Decreto Ley10264·1942

PRESUPUESTO. MODIFICACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/10/1942

Fecha de publicación

11 de abril de 1942

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

A contar desde el 1º de Noviembre próximo, incorpóranse al presupuesto de las reparticiones en que actualmente se encuentra prestando servicios y con los mismos sueldos liquidados durante el año, a todo el personal eventual adscripto a las mismas, así como al personal presupuestado trasladado de una manera permanente de otras reparticiones, en cuyos presupuestos será éste dado de baja. La Contaduría General hará efectivo de inmediato el cumplimiento de este decreto, exigiendo de todas las reparticiones que tengan personal en esas condiciones puedan, de tal manera, regularizar su situación en las planillas respectivas, con indicación de la procedencia, sueldos y antigüedad del personal correspondiente.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 30 de octubre de 1942Promulgación (10264)
  2. 4 de noviembre de 1942Publicación (10264)