Artículo 1 — Artículo 1
Deróganse las disposiciones que obligan a los Entes Autónomos a contribuir a la financiación del déficit de la Administración de los Ferrocarriles y Tranvías del Estado, el que quedará a cargo de "Rentas Generales".
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
12 de abril de 1942
Fecha de publicación
12 de diciembre de 1942
Artículo 1 — Artículo 1
Deróganse las disposiciones que obligan a los Entes Autónomos a contribuir a la financiación del déficit de la Administración de los Ferrocarriles y Tranvías del Estado, el que quedará a cargo de "Rentas Generales".
Artículo 2 — Artículo 2
Los Entes Autónomos que hayan aportado de las utilidades de ejercicios anteriores fondos de reserva para atender esa contribución los entregarán al "Tesoro Nacional", quedando liberados de nuevas contribuciones.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.