Decreto Ley10292·1942

FIJACION DE PRECIOS. LECHE

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de octubre de 1942

Fecha de publicación

17/12/1942

Artículos (8)

Artículo 1Artículo 1

Mantiénese en general el decreto de la referencia que fija en los distintos casos el precio de la leche con las modificaciones siguientes:

Artículo 2Artículo 2

(*)

Artículo 3Artículo 3

El precio de $ 0.13 que se fija por el precedente artículo, regirá con carácter provisorio, hasta tanto se expida la Comisión a que se refiere el artículo siguiente.

Artículo 4Artículo 4

Desígnase una Comisión para que estudie el problema de la distribución de leche y revea los precios asignados al repartidor y al consumo, integrada del siguiente modo: un delegado del Ministerio de Ganadería y Agricultura, uno del Ministerio de Industrias y Trabajo, uno del Ministerio de Salud Pública, uno del Ministerio de Hacienda, uno de la Intendencia Municipal de Montevideo, uno de las instituciones gremiales de repartidores, uno de la Cooperativa Nacional de Productores de Leche, y uno de las instituciones de los productores de leche. La Comisión se constituirá dentro del plazo de diez días por convocatoria del Ministerio de Ganadería y Agricultura. Una vez constituida, deberá expedirse aconsejando las soluciones que repute convenientes, dentro de un término no mayor de treinta días.

Artículo 5Artículo 5

La leche destinada al consumo popular no podrá ser vendida por el Municipio de Montevideo a un precio mayor de $ 0 08 el litro.

Artículo 6Artículo 6

Derógase el artículo 3º del decreto-ley de 20 de Noviembre de 1942.

Artículo 7Artículo 7

El presente decreto-ley entrará en vigor a partir del día de hoy.

Artículo 8Artículo 8

Comuníquese, publíquese, etc.-

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 10 de diciembre de 1942Promulgación (10292)
  2. 17 de diciembre de 1942Publicación (10292)